¿Maltrato en curso? Llama al123·Delito contra un animal: Fiscalía122

Protege Animal
Tres cachorros callejeros en un camino de tierra en Latinoamérica

Guía de denuncia

Cómo denunciar el maltrato animal

Toda denuncia es gratuita, no necesita abogado y desde la Ley Ángel debe atenderse en máximo 24 horas. Esta es la ruta exacta según tu caso.

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¿El maltrato está ocurriendo en este momento o el animal corre peligro de morir?

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Tres rutas, un mismo deber

La autoridad competente depende de la gravedad. Si dudas entre dos rutas, usa ambas: denunciar de más nunca es un error.

Escudo de la Policía Nacional de Colombia

Flagrancia o urgencia vital · Policía Nacional

Está ocurriendo ahora

Llama de inmediato. La Policía debe acudir y puede retirar al animal de manos del agresor en el acto, sin orden judicial (Ley Ángel). Mientras llega, graba video desde un lugar seguro.

Línea 123
Logo de la Fiscalía General de la Nación

Es un delito penal · Fiscalía General de la Nación

Mataron o hirieron gravemente a un animal

Denuncia ante la Fiscalía: línea 122 (01 8000 919 748 desde fijo), la plataforma ADenunciar o cualquier sede. Tu denuncia activa al GELMA, el grupo especial contra el maltrato animal.

Fiscalía: 122 · ADenunciar

Vía policiva (Ley 1801 de 2016) · Alcaldías

Maltrato leve o mala tenencia

Negligencia, abandono, animales sin agua o sombra, perros peligrosos sin bozal: preséntalo por escrito o presencialmente ante la inspección de policía o la entidad de bienestar animal de tu ciudad.

Inspección de Policía de tu municipio

¿Miedo a represalias? Puedes denunciar sin dar tu nombre

Qué canales aceptan reportes anónimos y cómo la ley protege tu identidad cuando te identificas.

Guía de anonimato →

Qué evidencia reunir

El caso de Ángel quedó impune durante años por falta de pruebas. Que no vuelva a pasar: una denuncia con evidencia sólida es casi imposible de archivar.

  • Registra las circunstancias de modo, tiempo y lugar: dirección exacta, fecha y hora de los hechos.
  • Graba videos y toma fotografías del animal, del lugar y, si es seguro, del agresor.
  • Anota nombres y contactos de testigos dispuestos a declarar.
  • Describe al animal (especie, raza, color, señales) y al presunto responsable.
  • Si el animal recibió atención, guarda el concepto o la historia clínica veterinaria.
  • No confrontes al agresor ni pongas en riesgo tu integridad: la evidencia vale más que el enfrentamiento.

Lista de verificación de evidencia

0 de 10 reunidas · con 4 o más, tu denuncia es difícil de archivar

Qué pasa después de denunciar

Denunciar no es un acto simbólico: pone en marcha obligaciones concretas para las autoridades, con plazos que la Ley Ángel volvió estrictos.

  • Toda queja debe ser atendida en un máximo de 24 horas (Ley 2455 de 2025).
  • La autoridad puede ordenar la aprehensión material preventiva: retirar de inmediato al animal del agresor, sin necesidad de orden judicial.
  • En delitos (muerte o lesiones graves), la Fiscalía —a través del GELMA— investiga e imputa cargos.
  • En vía policiva, la inspección adelanta proceso verbal, impone multas y puede decretar el decomiso definitivo del animal.
  • Cualquier ciudadano, ONG o Junta Defensora puede participar como tercero interviniente en el proceso.
  • Guarda el número de radicado: te permite hacer seguimiento y exigir respuesta.
Escudo de la República de ColombiaEscudo de la Policía Nacional de ColombiaLogo de la Fiscalía General de la Nación

Canales nacionales · República de Colombia

A quién acudir en cualquier lugar del país

EntidadCuándo acudirContacto
Línea 123Emergencias: maltrato en curso (flagrancia) o animal en urgencia vital123
Fiscalía General de la NaciónDenuncia penal por muerte o lesiones graves a un animal (delito)122 (celular) · 01 8000 919 748 (fijo)
ADenunciar (denuncia virtual)Sistema Nacional de Denuncia Virtual de la Fiscalía y la Policía, disponible 24/7adenunciar.policia.gov.co
GELMA — FiscalíaGrupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal: fiscales e investigadores dedicadosSe activa con tu denuncia ante la Fiscalía
Inspecciones de Policía y alcaldíasMaltrato leve, mala tenencia y comportamientos contrarios a la convivencia (Ley 1801 de 2016)Presencial o por escrito en tu municipio
Policía Nacional — Protección AmbientalGrupos de protección ambiental y ecológica; reporte de afectacionespolicia.gov.co/proteccion-ambiental

Directorio por ciudad

Las autoridades de tu territorio

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El silencio oficial también se denuncia

¿Y si las autoridades no responden?

La omisión de un funcionario frente al maltrato animal es una falta disciplinaria. Esta es la escalera de presión legal, en orden: cada peldaño deja constancia para el siguiente.

  1. Exige radicado y cuenta los plazos

    01

    Toda queja por maltrato debe atenderse en máximo 24 horas (Ley 2455 de 2025) y todo derecho de petición debe responderse de fondo en 15 días hábiles (Ley 1755 de 2015). Sin número de radicado no hay forma de probar el incumplimiento: exígelo siempre y guarda pantallazos, fechas y nombres de los funcionarios.

  2. Si la Policía no acude al 123

    02

    Presenta una queja formal contra los uniformados que no atendieron: sistema PQRS de la Policía Nacional, Oficinas de Atención al Ciudadano de cada comando, o la línea de transparencia policial 166 (01 8000 910 600). La omisión de un policía en un caso de maltrato es falta disciplinaria.

  3. Personería Municipal: tu aliado local

    03

    Si la inspección de policía o la alcaldía ignoran tu caso, acude a la Personería de tu municipio: es el ministerio público local, atiende gratis y puede abrir investigación disciplinaria contra el inspector o los funcionarios que no actuaron. Radica allí copia de todas tus quejas y peticiones.

  4. Procuraduría General de la Nación

    04

    Queja disciplinaria contra cualquier funcionario que omita sus deberes de protección animal: sede electrónica de la Procuraduría, correo quejas@procuraduria.gov.co o línea gratuita 01 8000 940 808. Cita la Directiva 012 de 2026, que ordena a alcaldes y gobernadores cumplir las leyes de protección animal: la omisión puede costarles una sanción disciplinaria (Ley 1952 de 2019).

  5. El arma final: la acción de tutela

    05

    Si pasaron los 15 días hábiles y nadie respondió tu derecho de petición, tu derecho fundamental fue vulnerado (art. 23 de la Constitución). Presenta una acción de tutela ante cualquier juez (Decreto 2591 de 1991): no necesita abogado, no cuesta nada, se escribe en lenguaje sencillo contando los hechos y el juez debe resolverla en máximo 10 días. Los jueces ordenan responder de inmediato, y desacatar a un juez sí tiene consecuencias que ningún funcionario quiere enfrentar. Genera tu tutela aquí en 3 minutos →

Para incumplimientos estructurales de tu municipio, usa el generador de derecho de petición para tu alcalde y conoce las sanciones que enfrenta un maltratador.

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