Lo que cambió con la Ley Ángel
Desde la Ley 2455 de 2025, el abandono quedó expresamente reconocido como conducta sancionable dentro del Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989 actualizada). Quien abandona a un animal se expone a multas de 5 a 50 salarios mínimos por la vía administrativa, al decomiso definitivo del animal y a la prohibición de tener animales.
Si el abandono causa lesiones graves o la muerte del animal (por inanición, atropellamiento o enfermedad no atendida), la conducta puede escalar a delito penal: 20 a 42 meses de prisión por lesiones (art. 339C) o 32 a 56 meses por muerte (art. 339A).
La negligencia también cuenta
No solo abandona quien deja al animal en la calle: tener un animal sin agua, sin comida, sin refugio, enfermo sin atención o amarrado permanentemente es maltrato por negligencia. Se denuncia ante la inspección de policía o la entidad de bienestar animal de tu ciudad, que deben atender la queja en máximo 24 horas y pueden retirar al animal de inmediato.
Qué hacer si ves un animal abandonado
Si el animal está herido o en urgencia vital, llama al 123. Si conoces al dueño que lo abandonó, denúncialo con evidencia (videos, testigos, chats). Y si el animal necesita un hogar, contacta a la entidad de bienestar animal de tu ciudad o a las fundaciones locales: la adopción es la otra mitad de la solución.