Corridas de toros: prohibidas desde 2027
La Ley 2385 de 2024 ('No Más Olé') prohíbe las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas en todo el país a partir del 22 de julio de 2027, tras un periodo de transición de tres años. La Corte Constitucional avaló la ley en la Sentencia C-374 del 4 de septiembre de 2025.
Corralejas, coleo y peleas de gallos: también tienen fecha de vencimiento
En la misma Sentencia C-374 de 2025, la Corte Constitucional declaró inexequible la excepción que dejaba por fuera a otros espectáculos: la prohibición se extendió al coleo, las corralejas y las peleas de gallos, con efectos diferidos por tres años para permitir la reconversión laboral y cultural de quienes viven de esas prácticas. Es decir: ya no son una 'excepción cultural' permanente — están en cuenta regresiva.
Mientras vence ese plazo, los actos de sevicia contra estos animales por fuera del espectáculo sí pueden denunciarse desde ya por la vía penal ordinaria.
Peleas de perros: totalmente ilegales
Las peleas de perros son ilegales en Colombia. Entrenar perros para pelear o agredirse acarrea multa tipo 4 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia (32 salarios mínimos diarios: más de $1.800.000 en 2026) y, cuando causan lesiones graves o muerte, constituyen delito penal con agravantes: la pena puede llegar a 98 meses de prisión. En junio de 2026 la Fiscalía logró la condena de 13 personas por una convención internacional de peleas de perros en La Calera. Si conoces una gallera clandestina de perros, denúnciala ante el 123 y la Fiscalía (122).